Sacramento de la Confirmación
Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los “sacramentos de la iniciación cristiana”, cuya unidad debe ser salvaguardada. Es preciso, pues, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal (cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 1). En efecto, a los bautizados “el sacramento de la Confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma quedan obligados aún más, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras” (LG 11; cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 2).
Todo bautizado, aún no confirmado, puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación (cf CIC, can. 889, 1). Puesto que Bautismo, Confirmación y Eucaristía forman una unidad, de ahí se sigue que “los fieles tienen la obligación de recibir este sacramento en tiempo oportuno” (CIC, can. 890), porque sin la Confirmación y la Eucaristía, el sacramento del Bautismo es ciertamente válido y eficaz, pero la iniciación cristiana queda incompleta. (CIC, 1285, 1306).